Para el año 2016 se producen modificaciones en los tipos de retención de los diversos rendimientos y ganancias patrimoniales
Las principales medidas, a efectos prácticos, básicamente son:
– Rendimientos del trabajo: se establece una nueva tabla por el cálculo de retenciones, aplicable a los rendimientos que se satisfagan a partir del 1 de enero de 2016.
La retención a los ADMINISTRADORES será del 35%.
– Rentas del ahorro, con nueva tarifa:
Parte de la base liquidable | Tipo aplicable | ||
Hasta 11/07/2015 | Del 12/07 al 31/12/2015 | A partir de 1/01/2016 | |
Hasta 6.000,00 € | 20,00% | 19,50% | 19,00% |
De 6.000,00€ hasta 50.000,00€ | 22,00% | 21,50% | 21,00% |
A partir de 50.000,00€ | 24,00% | 23,50% | 23,00% |
– Tipos de retención según el rendimiento que se abone a partir del 1 de enero de 2016:
% retención | |||
Tipos de rendimiento | Hasta 11/07/2015 | Del 12/07/2015 hasta el 31/12/2015 | A partir de
1/01/2016 |
Actividades Profesionales | 19 | 15 | 15 |
Actividades Profesionales en caso de inicio de actividad | 9 | 7 | 7 |
Rendimientos del Trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación | 19 | 15 | 15 |
Consejos y Administradores | 37 | 37 | 35 |
Consejeros y Administradores de entidades si el importe neto de la cifra de negocios es <100.000€ | 20 | 19,50 | 19 |
Rendimientos de capital mobiliario | 20 | 19,50 | 19 |
Ganancias derivadas de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva | 20 | 19,50 | 19 |
Ganancias derivadas de aprovechamientos forestales | 20 | 19,50 | 19 |
Premios de juegos, concursos, sorteos, etc… | 20 | 19,50 | 19 |
Arrendamientos i subarrendamientos de Inmuebles Urbanos | 20 | 19,50 | 19 |
Propiedad industrial, intelectual, asistencia técnica arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas | 20 | 19,50 | 19 |
Por la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen | 20 | 19,50 | 19 |
– Impuesto sobre la renta de NO RESIDENTES
El tipo de gravamen del 19,50% que se practicaba, a partir del 1 de enero de 2016, será del 19% para residentes en la UE, Islandia y Noruega, y el resto de no residentes el 24%.