Si usted tiene acciones de BANKIA y desea recuperar su dinero, puede contactar con nosotros y nuestros abogados especialistas en Derecho Bancario analizaran su caso particular.
Es posible recuperar el dinero invertido en la compra de acciones de BANKIA por parte de aquellos que hubieran acudido a la oferta pública de subscripción cuando la entidad salió en la bolsa el mes de julio del año 2011.
La vía para recuperar este dinero es pedir la nulidad del orden de compra de las acciones por vicio en el consentimiento. Los clientes particulares van adquiriendo las acciones sobre la base de una información absolutamente falsa y nada ajustada a la verdadera realidad contable y financiera de la entidad, que proyectaba una imagen de solvencia cuando en realidad su balance reflejaba perdidas que la situaban en fallida técnica. Por esto, el consentimiento del pequeño accionista no se puede considerar válido.
Existen ya diferentes sentencias de Juzgados de primera Instancia, así como una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, que han estimado la nulidad de las adquisiciones de acciones de BANKIA por haber facilitado a la entidad información engañosa a los clientes en el proceso de comercialización de sus acciones, y últimamente la interlocutoria del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional de 13 de febrero de 2015, basándose en un informe pericial, ha declarado que los estados financieros contenidos en la hoja de la oferta pública de suscripción no expresaban la imagen fiel de la entidad y que la información económica- financiera estaba falseada con el propósito de captar inversores. Con la citada interlocutoria de la Audiencia Nacional, aumentan de manera exponencial las posibilidades de obtener una resolución favorable a los intereses de los accionistas.
Hace falta tener en cuenta pero, que los accionistas que quieran interponer demanda contra BANKIA delante la jurisdicción civil para obtener la nulidad de la compra de acciones y la restitución del capital invertido deberán ir rápido, ya que el vencimiento para reclamar es de cuatro años a contar des de la firma del orden de compra.