La Sentencia reciente del Tribunal Supremo de data 29 de abril de 2015 resuelto, nuevamente, aclara la interpretación sobre la nulidad de las clausulas suelo y sus efectos retroactivos. Así que estamos delante de otro éxito de los consumidores y usuarios que consolida la teoría de nulidad de estas cláusulas. El Tribunal Supremo ha resuelto la nulidad pero no por la abusividad intrínseca de la cláusula suelo derivada de su desproporción con la cláusula techo, sino por la falta de transparencia, y proceda en consecuencia declarar su nulidad, el cese de sus efectos, y condenado a entidad financiera a restituir al cliente los intereses que haya podido cobrar de más por aplicación de la cláusula suelo a partir del 9 de mayo de 2013.
Des de Lladó Grup Consultor estamos obteniendo éxitos de acuerdo con la teoría marcada por el Tribunal Supremo, así como se están consiguiendo la eliminación de estas cláusulas mediante negociaciones extrajudiciales.