Se han publicado las directrices generales del Plan General de Control Tributario y Aduanero para 2016, articulándose el mismo como en años anteriores, en torno a tres grandes ámbitos y le sugerimos su lectura con especial atención.
• Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero
• Control del fraude en fase recaudatoria
• Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas
Vamos a exponer un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en éste ejercicio 2016, como por ejemplo:
1.- Control sobre la economía sumergida
Ejecución de una estrategia coordinada a través de la potenciación de las personaciones con personal de las unidades de auditoría informática (UAI) en las sedes donde se realice la actividad económica. Buena parte de ellas serán visitas sorpresa para conseguir un mayor efecto.
Se reforzarán actuaciones selectivas para detectar actividad oculta, mediante el denominado “software de ocultación” especialmente en empresas intensivas de manejo de efectivo y con ventas a consumidores finales.
Se mantendrán actuaciones presenciales dirigidas al análisis de facturación y los medios de pago al objeto de verificar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo.
Continuarán les actuaciones sobre particulares que ceden de forma opaca viviendas por internet u otras vías.
2.- Investigación de patrimonios en el exterior
La información aportada para el modelo 720 de la declaración de bienes y derechos en el exterior, continuará siendo pilar básico para la búsqueda de patrimonios deslocalizados y se sumará la información que comience a recibir la Agencia Tributaria de terceros países, para la comprobación de la renta mundial de los obligados tributarios.
3.- Fraude en internet
Se realizarán protocolos de actuación en empresas que realicen comercio electrónico, como aquellas que alojen sus datos en la nube.
Se vigilará la utilización improcedente para canalizar y reducir la tributación de personas físicas, las actividades profesionales, los signos externos de riqueza a efectos de detectar ingresos no declarados.
4.- Gestión recaudatoria
Se imputaran las derivaciones de responsabilidad a los administradores de empresas y, en su caso, las acciones judiciales oportunas para combatir las operaciones de vaciamiento patrimonial de especial calado y los supuestos de insolvencia punible.
Recomendamos especial atención a estos comentarios por si les afecta en alguna medida, ya que Hacienda llega y con mucha información.